Multas y sanciones por no tener certificado energético en 2026: guía completa
ITE desde 2025: ¿afecta a las multas?
Desde junio de 2025, la **Inspección Técnica de Edificios (ITE)** en Cataluña incluye un control específico del certificado energético. Si el edificio no tiene el certificado registrado, el técnico de la ITE lo comunicará automáticamente a la administración, que puede iniciar un expediente sancionador.
**¿Qué significa para ti?** Si tu edificio pasa la ITE en 2025 o 2026, asegúrate de tener el certificado energético en regla antes de la inspección. No hacerlo puede resultar en:
- Sanción adicional por incumplimiento de la ITE (300-1.000€)
- Obligación de subsanar en plazo reducido
- Posible comunicación al ICAEN para sanción autonómica
¿Es obligatorio el certificado energético?
Sí, contundentemente. El **Real Decreto 390/2021** (que actualiza el RD 235/2013) transpone la Directiva Europea de Eficiencia Energética y establece que **toda vivienda que se venda o alquile debe disponer de un certificado energético válido** registrado en el organismo autonómico correspondiente.
- Artículo 12: Obligación de exhibir la etiqueta energética en toda oferta de venta o alquiler.
- Artículo 13: Obligación de entregar copia al comprador o inquilino.
- Disposición adicional cuarta: Régimen sancionador.
La obligación no es nueva —existe desde 2013— pero las inspecciones y sanciones se han endurecido progresivamente.
¿Qué dice la ley sobre cada infracción?
| Obligación | ¿A quién aplica? | Sanción |
|---|---|---|
| Tener certificado en vigor | Vendedores y arrendadores | 300€ – 6.000€ |
| Registrar el certificado | Propietario (a través de técnico) | 300€ – 1.000€ |
| Mostrar calificación en anuncios | Agencias y propietarios | 300€ – 1.000€ |
| Entregar copia al comprador/inquilino | Vendedor/arrendador | 600€ – 6.000€ |
¿Cuánto son las multas reales?
Las sanciones se gradúan en tres niveles:
Leves (300€ – 1.000€)
- No tener el certificado en la vivienda
- No mostrar la calificación en el anuncio
- Retraso en el registro
Graves (1.001€ – 2.000€)
- No entregar copia al comprador o inquilino
- Certificado caducado o sin registrar
- Falsear datos de la calificación
Muy graves (2.001€ – 6.000€)
- Reincidencia en infracciones graves
- Certificado falso o emitido sin visita
- Impedir la inspección
¿Quién inspecciona y cómo te pueden multar?
Las inspecciones no son aleatorias. La administración autonómica utiliza varias vías:
1. Cruzado de datos con anuncios online
Los inspectores rastrean portales inmobiliarios (Fotocasa, Idealista, Habitaclia) y verifican si el anuncio incluye:
- La etiqueta energética visible
- El número de registro del certificado
Si falta cualquiera de los dos, se inicia un expediente.
2. Inspecciones en cambios de titularidad
Cuando compras una vivienda, el notario está obligado a solicitar el certificado energético. Si no se presenta, se comunica a la administración autonómica.
3. Denuncias de particulares
Vecinos, inquilinos o compradores pueden denunciar la ausencia de certificado. Es más frecuente de lo que parece, sobre todo en casos de conflicto arrendaticio.
¿Y si alquilo sin certificado?
Esta es una de las casuísticas más habituales y peligrosas. Alquilar sin certificado energético:
1. **Te expone a multas** de 300€ a 6.000€
2. **Permite al inquilino reclamar** la resolución del contrato si la vivienda no cumple condiciones mínimas de habitabilidad
3. **Te impide actualizar la renta** en algunos contratos de alquiler de larga duración
Casos reales documentados
Según datos de las comunidades autónomas (2024-2025):
| Comunidad | Sanciones anuales | Importe medio |
|---|---|---|
| Cataluña | +2.500 | 1.200€ |
| Madrid | +1.800 | 900€ |
| Andalucía | +3.100 | 800€ |
| Comunidad Valenciana | +1.200 | 1.100€ |
**Ejemplos concretos:**
- Caso 1: Un propietario anuncia su piso en alquiler sin mencionar la calificación energética. → Sanción leve: 600€.
- Caso 2: Un vendedor formaliza la escritura sin haber entregado el certificado al comprador. → Sanción grave: 1.500€.
- Caso 3: Un técnico emite un certificado sin visitar la vivienda y con datos falsos. → Sanción muy grave: 4.000€ al técnico y 2.000€ al propietario que lo contrató.
Las cifras aumentan año a año. Si tienes una vivienda en alquiler o estás pensando en vender, no esperes a que te inspeccionen.
¿Cómo detectar si te están engañando con el certificado?
Señales de alerta de que tu certificado puede no ser válido:
- ❌ El técnico no visita la vivienda (solo con fotos o planos) — incumple el art. 6.5 del RD 390/2021
- ❌ El certificado no tiene número de registro del organismo autonómico
- ❌ La calificación es muy alta sin reformas evidentes (posible calificación inflada)
- ❌ El precio es sospechosamente bajo (menos de 50€)
¿Qué hacer si te denuncian o te notifican una inspección?
1. **No ignorar la notificación** — las sanciones pueden aumentar con intereses y recargos.
2. **Obtener el certificado cuanto antes** — si aún no lo tienes, consíguelo inmediatamente con un técnico colegiado que realice visita presencial.
3. **Solicitar una Segunda Opinión** si el certificado existente es incorrecto o dudas de su validez.
4. **Alegar desconocimiento** solo funciona una vez; la reincidencia multiplica las sanciones.
5. **Verifica el registro** en el ICAEN (Cataluña) o en el organismo autonómico correspondiente.
Cómo evitar la multa (pasos prácticos)
1. **Solicita tu certificado** a un técnico colegiado con visita presencial obligatoria
2. **Asegúrate** de que el certificado se registre en el órgano autonómico
3. **Incluye la etiqueta** en todos tus anuncios de venta o alquiler
4. **Entrega una copia** al comprador o inquilino antes de firmar
5. **Guarda el justificante** de entrega firmado
Preguntas frecuentes sobre multas y sanciones
**¿Pueden multarme si tengo el certificado pero no lo he registrado?**
Sí. El certificado debe estar registrado en el organismo autonómico para ser válido. Tenerlo firmado por el técnico pero sin registrar es equivalente a no tenerlo a efectos legales. La sanción puede ir de 300€ a 1.000€.
**¿Qué pasa si el inquilino denuncia que no tengo certificado?**
El inquilino puede denunciar ante la administración autonómica competente (en Cataluña, la Agència de l'Habitatge). Esto iniciará un expediente sancionador que puede derivar en multa de 300€ a 6.000€, además de que el inquilino podría solicitar la resolución del contrato.
**¿Las inmobiliarias también pueden ser multadas?**
Sí. Si una agencia inmobiliaria anuncia una vivienda sin la etiqueta energética visible, la sanción puede ir de 300€ a 1.000€ por anuncio. Además, la agencia tiene la obligación de verificar que el certificado existe antes de publicar el anuncio.
**¿El certificado energético caduca? ¿Me pueden multar si está caducado?**
Sí, el certificado tiene una validez máxima de 10 años. Si está caducado, es como si no existiera, y te expones a las mismas sanciones. Además, si has hecho reformas, el certificado puede quedar invalidado antes de los 10 años.
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